2020-10-21

Tasación pericial contradictoria

La tasación pericial contradictoria es el procedimiento que puede empezar el contribuyente si no está de acuerdo con la valoración de sus bienes e inmuebles que haya llevado a cabo la Administración.

Por tanto, la tasación pericial contradictoria es un derecho que posee el obligado tributario. Este derecho se ejerce a través de un procedimiento administrativo cuando el valor otorgado a los bienes e inmuebles por la Administración Tributaria no coincide con el valor que alega el contribuyente.

Comenzará con la presentación de la solicitud de tasación pericial contradictoria. El efecto que produce es la suspensión de la ejecución de la liquidación.

Una vez presentada la solicitud, la Administración efectuará una nueva valoración a través de uno de sus peritos. Por otra parte, el contribuyente, recurrirá a su propio perito, al cual deberá abonar sus correspondientes honorarios.

En el caso de que la diferencia entre el valor calculado por el perito de la Administración y la tasación efectuada por el perito designado por el obligado tributario, considerada en valores absolutos, sea igual o menor a 120.000 euros y al 10 por ciento de dicha tasación, será de del perito desginado por el obligado tributario la que se utilice base para la liquidación. Si la diferencia fuese superior, entonces habrá que designar un tercer perito.

La valoración que realice el perito tercero servirá de base para la liquidación. Los gastos del tercer perito serán satisfechos por el contribuyente si la tasación es superior en un 20% del valor declarado. Si es inferior los honorarios del tercer perito correrán a cargo de la Administración.

Admin - 12:25:58 @ TASACIONES INMOBILIARIAS | Agregar un comentario