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08/11/2021

Los ayuntamientos tendrán seis meses para adaptar el impuesto de la plusvalía

El Consejo de Ministros ha avalado este lunes la reforma del cálculo del impuesto sobre la plusvalía, que el Tribunal Constitucional puso en cuarentena el pasado 26 de octubre con una sentencia en la que anulaba el actual método de cálculo de la base imponible, por «confiscatorio».

El gravamen es la segunda gran fuente de ingresos de los ayuntamientos tras el IBI. Recaudaron en el 2019 hasta 2.500 millones de euros en su conjunto al obligar a tributar por las ventas, herencias y donaciones de inmuebles, incluso aquellas en las que no existía una ganancia patrimonial, algo que la Justicia también declaró inconstitucional.


Para evitar conflictos en el futuro, el Gobierno ha articulado dos métodos de cálculo. El contribuyente podrá escoger el que le resulte más beneficioso. La primera fórmula para fijar la base imponible será el resultado de multiplicar el valor catastral por unos nuevos coeficientes que ahora sí, tendrán en cuenta la realidad del mercado inmobiliario y que se irán actualizando anualmente -a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado-. De esta forma, el Ejecutivo quiere terminar con situaciones paradójicas como que un contribuyente tenga que pagar por la venta de un bien que no le ha reportado ninguna ganancia al no ver incrementado su valor con los años. La segunda fórmula por la que se podrá optar es la que marca la diferencia entre el precio de venta y de compra.

En cualquier caso, los ayuntamientos tendrán potestad para rebajar el valor catastral del suelo hasta un 15 % para conseguir que el impuesto refleje la realidad inmobiliaria del municipio. También se gravarán las plusvalías (ganancias) generadas en un solo año en las transacciones de inmuebles, para mantener la presión fiscal sobre las operaciones de carácter especulativo.

Seis meses para adaptar la norma

¿Cuándo entrará en vigor? El Gobierno ha anunciado la publicación mañana martes del nuevo método de cálculo en el Boletín Oficial del Estado (BOE). De esta forma, entraría en vigor al día siguiente. Eso sí, los ayuntamientos que aplican este impuesto -el 50 %, según confirmó la portavoz Isabel Rodríguez- todavía dispondrán de un plazo de seis meses para adaptar sus ordenanzas al nuevo método de cálculo. El Ejecutivo central confía en que se organizarán de forma inmediata plenos extraordinarios para no dejar a los contribuyentes en un limbo jurídico y poder seguir recaudando en pleno ejercicio de planificación presupuestaria de cara al 2022.

Habrá que seguir declarando

Fuentes del Ministerio de Hacienda aclaran que los contribuyentes que efectúen alguna transacción en estos días, antes de que los ayuntamientos pongan al día sus ordenanzas municipales, deberán seguir declarando sus plusvalías y, mientras tanto, se aplicarán los coeficientes recogidos en el real decreto aprobado este lunes. Aunque los expertos jurídicos manifiestan sus dudas, el Ejecutivo asegura que el texto, que se conocerá mañana en detalle, «garantiza la seguridad jurídica». También se aclara que la norma no tendrá efectos retroactivos. En otras palabras: los contribuyentes que tuvieron que tributar por la antigua fórmula no podrán recurrir, a menos de tener un recurso abierto antes de la sentencia del Constitucional.



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